Articulo 30 Sindicatura d... I Balears

Articulo 30 Sindicatura de Cuentas de I. Balears

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Artículo 30. Personal de la Sindicatura.

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El personal de la Sindicatura de Cuentas está integrado por:

a) Funcionarios: de carrera o interinos.

b) Personal eventual.

c) Personal laboral, en sus distintas modalidades.