Articulo 30 sobre la marc...ón Europea

Articulo 30 sobre la marca de la Unión Europea

Ver Indice
»

Artículo 30. Presentación de la solicitud

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Toda solicitud de marca de la Unión se presentará a la Oficina.

2. La Oficina facilitará de inmediato al solicitante un recibo en el que figurará al menos el número de expediente, una reproducción, descripción u otra identificación de la marca, la naturaleza y el número de documentos y la fecha en que estos se reciban. Dicho recibo podrá emitirse por medios electrónicos.