Articulo 30 subsistema de formacion profesional para el empleo
Artículo 30. Acciones de investigación e innovación.
1. En el marco de los criterios y prioridades generales que propongan las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas y representativas en cada sector al amparo de la negociación colectiva sectorial estatal, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales realizará una planificación plurianual de las acciones de investigación e innovación que sean de interés para la mejora de la formación profesional para el empleo, a nivel sectorial o intersectorial, o para la difusión del conjunto del subsistema de formación profesional para el empleo.
Esta planificación se realizará teniendo en cuenta las propuestas formuladas por las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales y en las Comisiones de Coordinación y Seguimiento a que hace referencia el artículo 32.3.
La citada planificación se someterá a informe del órgano de participación previsto en el artículo 33.
2. Mediante Orden del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales se establecerán las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones que se otorguen para la financiación de este tipo de acciones.
La competencia de gestión de estas subvenciones en el ámbito estatal corresponde al Servicio Público de Empleo Estatal. En el caso de que las acciones afecten al ámbito territorial exclusivo de una Comunidad Autónoma, será el correspondiente órgano o entidad de la Comunidad Autónoma el competente para gestionarlas.
3. En el marco del Sistema Nacional de Empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal establecerá, previo informe del órgano de participación previsto en el artículo 33.3, los instrumentos necesarios para garantizar la coordinación entre las acciones que se realicen en los ámbitos estatal y autonómico, a fin de asegurar la complementariedad de las acciones ejecutadas en los mismos.
- Modificación realizada (30 (apdo 2., párrafo segundo, vulnera las competencias de la Junta de Castilla y León)) por Sala Primera. Sentencia 176/2014, de 3 de noviembre de 2014. Conflicto positivo de competencia 6876-2007. Planteado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en relación con diversos preceptos del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. Competencias en materia laboral y de seguridad social: atribución de funciones ejecutivas al Servicio Público de Empleo Estatal que vulnera las competencias autonómicas (STC 88/2014). Voto particular.
(BOE de 04-12-2014) en vigor desde 03-11-2014 - Modificación realizada (30 (apdo 2., párrafo segundo, vulnera las competencias de la Generalitat Valenciana)) por Sala Segunda. Sentencia 123/2014, de 21 de julio de 2014. Conflicto positivo de competencia 6869-2007. Planteado por el Consell de la Generalitat Valenciana, en relación con el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. Competencias en materia laboral y de seguridad social: atribución de funciones ejecutivas al Servicio Público de Empleo Estatal que vulnera las competencias autonómicas (STC 88/2014). Voto particular.
(BOE de 15-08-2014) en vigor desde 21-07-2014 - Modificación realizada (30 (apdo 2., párrafo segundo, vulnera las competencias de la Comunidad Autónoma de Madrid)) por Sala Primera. Sentencia 112/2014, de 7 de julio de 2014. Conflicto positivo de competencia 6735-2007. Planteado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en relación con diversos preceptos del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. Competencias en materia laboral y de seguridad social: atribución de funciones ejecutivas al Servicio Público de Empleo Estatal que vulnera las competencias de la Comunidad de Madrid (STC 88/2014). Voto particular.
(BOE de 05-08-2014) en vigor desde 07-07-2014 - Artículo modificado (30 (apdo 2., inciso segundo, vulnera las competencias de la Junta de Galicia)) por Sala Segunda. Sentencia 88/2014, de 9 de junio de 2014. Conflicto positivo de competencia 6767-2007. Planteado por la Junta de Galicia en relación con el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. Competencias en materia laboral y de seguridad social: atribución de competencias de gestión de subvenciones al Servicio Público de Empleo Estatal e invocación de la competencia estatal sobre legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social que vulneran las competencias autonómicas (STC 244/2012). Voto particular.
(BOE de 04-07-2014) en vigor desde 09-06-2014

