Articulo 30 TR de la Ley ...de Euskadi

Articulo 30 TR. de la Ley del Patrimonio de Euskadi

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Artículo 30.- Supuestos y efectos.

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Las entidades comprendidas en el artículo 1 de esta ley podrán recuperar en vía administrativa la posesión de sus bienes demaniales cuando decaigan o desaparezcan el título, las condiciones o las circunstancias que legitimaban su ocupación por terceras personas.