Articulo 30 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria
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»Artículo 30. Extinción de las obligaciones.
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1. Las obligaciones de la Hacienda Foral se extinguen por las causas contempladas en el Código Civil y en el resto del ordenamiento jurídico.
2. La gestión de los créditos presupuestarios en orden a extinguir las obligaciones de la Hacienda Foral se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Título II de esta Norma Foral y disposiciones de desarrollo.
