Articulo 30 Transparencia...e Canarias

Articulo 30 Transparencia y acceso a la información pública de Canarias

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Artículo 30. - Información sobre concesión de servicios públicos.

Vigente

La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 28, hará pública y mantendrá actualizada la información sobre los servicios públicos concedidos por la misma y por los organismos públicos y entidades públicas vinculadas o dependientes, incluyendo.

a) El servicio público objeto de la concesión administrativa.

b) La identificación del concesionario.

c) El plazo de la concesión, régimen de financiación y condiciones de prestación del servicio.