Articulo 30 Turismo de Euskadi

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Artículo 30. - Derechos de las empresas turísticas.

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A los efectos de la presente ley, son derechos de las empresas turísticas.

a) Ejercer libremente su actividad sin más limitaciones que las previstas en el ordenamiento jurídico.

b) Recibir de los órganos competentes en materia de turismo la información necesaria, con carácter previo al inicio de la actividad y durante su desarrollo, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa turística. Este derecho comprende tanto el acceso telemático a la información sobre los procedimientos necesarios para el acceso a su actividad y el ejercicio de esta como la posibilidad de realizar los trámites preceptivos para ello, en los términos legalmente establecidos.

c) Ser informadas de las medidas y actuaciones relevantes que en materia turística lleve a cabo la Administración turística.

d) Participar a través de sus organizaciones más representativas y organizaciones sectoriales en los procedimientos de adopción de decisiones públicas relevantes que, relacionados con el turismo, pudieran afectarles.

e) Mantener incluida la información de sus instalaciones, sus características y su oferta específica en los catálogos, las guías, los directorios y los sistemas informáticos de la Administración turística, en función del recurso o producto o del ámbito al que se extienden dichos instrumentos de promoción.

f) Obtener el reconocimiento de la Administración turística de Euskadi de la clasificación administrativa de los establecimientos de su titularidad.

g) Acceder a las actividades de promoción turística que realice la Administración turística en las condiciones que fije.

h) Impulsar, a través de sus organizaciones o asociaciones sectoriales e intersectoriales, la realización de estudios e investigaciones, el desarrollo y la ejecución de programas de iniciativa pública y privada de interés general para el sector turístico, o cualquier otra actuación que contribuya al progreso, la competitividad y la dinamización del turismo en Euskadi.