Articulo 302 Derecho civil de Galicia
Ver Indice
»Artículo 302.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El contador-partidor designado, en unión, en su caso, del cónyuge viudo a efectos de la liquidación de los bienes de la sociedad conyugal, deberá formar inventario con fundamento en los documentos que los interesados le aportaran y procederá, por sí o con asesoramiento pericial, a la valoración de los bienes.
