Articulo 302 Reglamento d...stro Civil

Articulo 302 Reglamento de la Ley del Registro Civil

Ver Indice
»

Artículo 302.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las resoluciones de los expedientes se limitarán a declarar los defectos formales de los asientos o las faltas en el modo de llevar los libros y a corregirlos, en su caso, sin determinar el alcance de la infracción en orden a la eficacia de los asientos.