Articulo 302 TR. de la ley municipal y de régimen local
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»Artículo 302. Formación de los habilitados nacionales.
Vigente
La Escuela de Administración Pública de Cataluña se ocupa de la selección y la formación de los funcionarios con habilitación nacional, en los términos del convenio que acuerde con el Instituto Nacional de Administración Pública.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-05-2003 en vigor desde 21-05-2003