Articulo 303 Código del Derecho Foral de Aragón
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Artículo 303. Concepto

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Se consideran parejas estables no casadas, a efectos de este Código, las formadas por personas mayores de edad entre las que exista relación de afectividad análoga a la conyugal y que cumplan los requisitos y formalidades que se establecen en este Título.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011