Articulo 304 Reglamento g...e Mallorca

Articulo 304 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca

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Artículo 304. Procedimiento para ejercer la potestad sancionadora

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La persona instructora del procedimiento sancionador, indicado en el artículo 197 de la LUIB, deberá ser designada entre el personal funcionario de la administración actuante.