Articulo 305 TR de la Ley...a Mercante

Articulo 305 TR. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante

Ver Indice
»

Artículo 305. Concepto y clasificación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Constituyen infracciones administrativas en el ámbito de la Marina Mercante y en el portuario estatal, las acciones y omisiones tipificadas y sancionadas en esta ley.

2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con sujeción a los criterios que se indican en los artículos siguientes.