Articulo 306 Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales
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»Artículo 306. Sujetos
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1. Podrán establecer convenios las entidades locales, sean o no de carácter territorial.
2. Quedan excluidas para formular estos convenios las sociedades y entidades dependientes de las entidades locales, salvo que cuenten con autorización expresa de éstas.
