Articulo 308 Código del Derecho Foral de Aragón
Ver Indice
»Artículo 308. Capitulaciones matrimoniales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Si así lo hubieran acordado expresamente en la escritura, el régimen de convivencia y de derechos y obligaciones de la pareja estable no casada adquirirá el valor de capitulaciones matrimoniales, en caso de que los miembros de la pareja contrajeran matrimonio.
