Articulo 31 Aprobación de...Ordenados

Articulo 31 Aprobación de las Instrucciones de ordenación y aprovechamiento de montes, de los instrumentos de planificación y gestión forestal, y del Registro de Montes Ordenados

Ver Indice
»

Artículo 31. Informe técnico.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Una vez incorporados al expediente todos los documentos y elementos de juicio necesarios, el órgano instructor los valorará conjuntamente y emitirá un informe técnico, en el cual se analizarán todos aquellos extremos sobre los que deba pronunciarse la resolución del procedimiento de aprobación del instrumento de gestión forestal.