Artículo 31 se aprueban l...e Gipuzkoa

Artículo 31 se aprueban los Presupuestos Generales para el año 2026 del Territorio Histórico de Gipuzkoa

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Artículo 31. Dotación del Fondo Foral de Financiación Municipal para 2026.

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1. La dotación del Fondo Foral de Financiación Municipal (FFFM) se fija para el 2026 en la cantidad de 721.207.240,00 euros, en concepto de participación en los recursos del Concierto Económico de conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la Norma Foral 15/1994, de 23 de noviembre, reguladora del Fondo Foral de Financiación Municipal.

2. El 99,85% del importe mencionado en el número anterior se distribuirá entre los municipios del territorio histórico de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 15/1994, de 23 de noviembre.

3. El 0,15% restante se destinará a la financiación específica de la Asociación de Municipios Vascos (Eudel).

4. La diputada foral del Departamento de Hacienda y Finanzas distribuirá entre los municipios la cantidad prevista en este artículo, aplicando los criterios establecidos en el artículo 3 de la Norma Foral 15/1994, de 23 de noviembre.