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Articulo 31 Atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos

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Artículo 31.- Sede electrónica.

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1.- La sede electrónica, cuya dirección es https://www.euskadi.eus/sede-electronica/, constituye el espacio electrónico, disponible para la ciudadanía por medio de redes de telecomunicaciones, mediante la cual se realizarán todas las actuaciones y trámites referidos a procedimientos o a servicios de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración institucional que requieran la identificación y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas interesadas.

Esta dirección electrónica deberá hacer constar, de forma visible e inequívoca, que tiene la condición de sede electrónica.

2.- Las notificaciones a través de medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia en la Carpeta Ciudadana «Nire karpeta-Mi carpeta» de la sede electrónica de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración institucional, regulada en el artículo 62.

3.- La titularidad y la responsabilidad de la gestión de la sede electrónica corresponderá al departamento competente en Administración electrónica, quien asegurará las condiciones de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad exigidas por la normativa vigente.

La gestión y mantenimiento de la infraestructura de la sede electrónica corresponderá al órgano administrativo competente en tecnologías de la información y la comunicación.

4.- La sede electrónica se identificará mediante certificados cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente que permitan establecer una comunicación segura.

5.- La sede electrónica dispondrá como mínimo de los siguientes contenidos y servicios:

a) La identificación de la sede electrónica, así como del órgano u organismo titular de la misma y los órganos competentes para la gestión de la información, servicios, procedimientos y trámites puestos a disposición en ella.

b) La identificación del acto o disposición de creación y el acceso al mismo, directamente o mediante enlace a su publicación en el Boletín Oficial correspondiente.

c) Listado actualizado de órganos, centros o unidades administrativas con los códigos de identificación vigentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

d) La fecha y hora oficial, así como el calendario de días inhábiles, a efectos del cómputo de plazos, aplicable a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración institucional.

e) Información acerca de cualquier incidencia técnica que acontezca e imposibilite el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, así como de la ampliación del plazo no vencido que, en su caso, haya acordado el órgano competente debido a dicha circunstancia.

f) La información necesaria para la correcta utilización de la sede electrónica, incluyendo las guías de uso y el acceso al Centro de Atención de las Personas Usuarias, su mapa o información equivalente, con especificación de la estructura de navegación y las distintas secciones disponibles, así como la relativa a propiedad intelectual, protección de datos personales y accesibilidad.

g) El Registro Electrónico General y la normativa reguladora del mismo.

h) El servicio de consulta del directorio geográfico de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros, que permita a la persona interesada identificar la más próxima.

i) La información de los servicios y procedimientos incluidos en el Catálogo Corporativo de Servicios y Procedimientos regulado en el artículo 57.

Se asegurará la relación actualizada de los servicios, procedimientos y trámites disponibles con indicación de:

- Las actuaciones administrativas automatizadas vinculadas a los mismos. Cada una se acompañará de la descripción de su diseño y funcionamiento, los mecanismos de rendición de cuentas y transparencia, así como los datos utilizados en su configuración y aprendizaje.

- Los plazos máximos de duración de los procedimientos, excluyendo las posibles ampliaciones o suspensiones que, en su caso, pudiera acordar el órgano competente.

- Los mecanismos de comunicación y procedimiento de reclamación establecidos al respecto de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del sector público.

j) Los formularios y modelos normalizados para todos los canales de relación con la ciudadanía.

k) Un acceso a los modelos, y sistemas de presentación masiva, de uso voluntario, que permitan a las personas interesadas presentar simultáneamente varias solicitudes en la forma que se establezca.

l) La relación y acceso a las infraestructuras y los servicios comunes de Administración electrónica de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración institucional regulados en el artículo 68.

m) La relación de sellos electrónicos utilizados, incluyendo sus características y los prestadores que los expiden, deberá ser pública y accesible por medios electrónicos, en la sede electrónica.

n) El sistema de verificación del certificado de la sede electrónica y de los sellos electrónicos para las actuaciones administrativas automatizadas de los órganos, organismos públicos y entes de derecho público comprendidos en el ámbito la sede electrónica.

o) El servicio de comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos por los órganos, organismos públicos y entes de derecho público comprendidos en el ámbito de la sede electrónica, que hayan sido firmados por cualquiera de los sistemas de firma conformes a la Ley 40/2015, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y para los cuales se haya generado un código seguro de verificación. También permitirá, en su caso, su recuperación.

p) La política de firma electrónica, la relación de los sistemas de identificación y de firma electrónica y certificados electrónicos admitidos.

q) La Carpeta Ciudadana «Nire karpeta-Mi carpeta», a través de la cual, cada persona interesada podrá acceder a su información, al seguimiento de los trámites administrativos que le afecten y a las notificaciones y comunicaciones, mediante procedimientos seguros que garanticen la integridad y confidencialidad de sus datos personales.

r) Un acceso al Sistema de Archivo del Sector Público de la Comunidad Autónoma para la consulta de los expedientes no accesibles en «Nire karpeta-Mi carpeta», siempre y cuando no hayan sido objeto de eliminación, en cumplimiento de los calendarios de conservación aprobados legalmente.

s) El Tablón Electrónico de Anuncios.

t) El Buzón Electrónico General y el modelo normalizado de quejas y sugerencias.

u) Perfil del contratante.

v) La relación de los trámites y procedimientos que pueden ser objeto de apoderamiento.

x) La relación y ubicación geográfica de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros y para la asistencia a la ciudadanía en el uso de medios electrónicos.

y) Los trámites y procedimientos que pueden ser objeto de dicha asistencia.

z) Cualesquiera otros servicios, procedimientos e informaciones exigidos en la normativa vigente o que se determinen reglamentariamente.

6.- Salvo que reglamentariamente se disponga lo contrario, la información de la sede electrónica es exclusiva de la misma, por lo que no podrá incluirse en otros sitios web, en los que, en todo caso, podrá incluirse el enlace a la misma.