Articulo 31 Cajas de Ahorros de Euskadi

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Artículo 31. - Responsabilidad de las personas infractoras.

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Las personas responsables de las infracciones deberán proceder a la restitución de los bienes o derechos que se privaron como consecuencia de una infracción, así como reparar el daño causado e indemnizar de los daños y perjuicios.