Articulo 31 Código del De... de Aragón

Articulo 31 Código del Derecho Foral de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 31. Inscripción.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


La concesión de emancipación habrá de inscribirse en el Registro Civil, no produciendo entre tanto efectos contra terceros.