Articulo 31 Se complementa la Directiva (UE) 2015/2366 en lo relativo a normas p...eforzada de clientes
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Articulo 31 Se complementa la Directiva (UE) 2015/2366 en lo relativo a normas para autenticación reforzada de clientes

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Artículo 31. Opciones de las interfaces de acceso

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Los proveedores de servicios de pago gestores de cuenta pondrán en funcionamiento la interfaz o interfaces a que se refiere el artículo 30 mediante una interfaz específica o autorizando el uso por los proveedores de servicios de pago a que se refiere el artículo 30, apartado 1, de las interfaces utilizadas para la autenticación de los usuarios de servicios de pago del proveedor de servicios de pago gestor de cuenta en cuestión o para la comunicación con dichos usuarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-03-2018 en vigor desde 14-03-2018