Articulo 31 Conservación y uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats
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»Artículo 31. Infracciones y sanciones.
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Será de aplicación a los parques zoológicos la normativa sobre infracciones y sanciones establecida en la Ley 31/2003, de 27 de octubre, cuya aplicación corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente según la distribución de competencias establecida en el artículo 86 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre.
