Artículo 31. D.129/2026, de 3 de septiembre, C.Valenciana, tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales
Artículo 31. Principios transversales de la red de centros, servicios y programas de los servicios sociales valencianos.
Serán principios transversales organizativos, compartidos por centros, servicios y programas de los servicios sociales valencianos, los siguientes:
1. Coordinación interna, sinergia y complementariedad de la red. Los centros, servicios y programas de servicios sociales valencianos forman parte de una red funcionalmente articulada e integrada, lo que exige la coordinación de sus actuaciones de manera permanente, con el fin de asegurar su sinergia, complementariedad y coherencia, garantizar la trazabilidad de las intervenciones y conseguir la máxima efectividad en las mismas.
2. Coordinación externa. Igualmente, los centros, servicios y programas que se integran en los servicios sociales valencianos deberán coordinarse sistémicamente, tanto funcional como territorialmente, con el resto de los sistemas de protección social a fin de conseguir los máximos beneficios sobre la persona usuaria.
3. Flexibilidad. Cada nivel de organización del sistema valenciano de servicios sociales, funcional, territorial y competencial, se define y estructura de acuerdo con su objeto, pero deberá mantener la flexibilidad necesaria para adaptarse a las necesidades y circunstancias de las personas y colectivos sociales usuarios, respetando sus entornos relacionales.

