Articulo 31 Desarrollo del Decreto 15/2010, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, el procedimiento para la elaboración del programa individual de atención y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competen
Ver Indice
»Artículo 31. Criterios de prelación en el acceso a las libranzas.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La orden de prelación en el reconocimiento de la efectividad de las libranzas a las que se refiere el artículo anterior será el siguiente:
a) Grado y nivel de dependencia, según el calendario de aplicación señalado en la disposición final primera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
b) Menor capacidad económica.
c) Fecha de presentación de la solicitud.
