Articulo 31 Entidades Locales

Articulo 31 Entidades Locales

Ver Indice
»

Artículo 31.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El gobierno y administración corresponderá a la Junta Vecinal, integrada por el Alcalde pedáneo y por los Vocales que correspondan, conforme determina la legislación electoral vigente.

2. Las Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio que funcionen en régimen de Concejo Abierto se regirán en cuanto a su gobierno y administración por lo establecido en el título IV, capítulo 1, de la presente Ley.