Articulo 31 Gestión, modernización y promoción de áreas industriales
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Artículo 31. Área industrial básica

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Se clasificarán como áreas industriales básicas aquellas áreas industriales que cumplan con los requisitos y servicios básicos que establezcan el planeamiento y la normativa urbanística y local aplicable para el uso industrial.

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  • Texto Original. Publicado el 07-06-2018 en vigor desde 08-06-2018