Articulo 31 Hacienda Pública de Navarra

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Artículo 31. Estructura de los presupuestos.

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1. La estructura de los Presupuestos Generales de Navarra se determinará por el Departamento de Economía y Hacienda, teniendo en cuenta la organización del sector público foral, la naturaleza económica de los ingresos y gastos, y las finalidades y objetivos que se pretendan conseguir.

2. A los efectos previstos en el párrafo anterior, los Presupuestos Generales de Navarra se elaborarán por programas, según lo establecido en el artículo 30. Los programas estarán constituidos por partidas presupuestarias de gasto, identificadas en cuantía y destino, y por partidas de ingresos, identificadas en cuantía y origen. Estos programas, a su vez, podrán desagregarse en proyectos presupuestarios que recogerán actividades homogéneas orientadas a la consecución de los objetivos del programa.

3. La clasificación orgánica agrupará los créditos e ingresos según las unidades orgánicas que se determinen.

4. La clasificación económica agrupará los créditos e ingresos, de acuerdo con la naturaleza económica de los mismos.

5. La clasificación funcional agrupará los créditos según la naturaleza de las finalidades a obtener.