Articulo 31 Igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia
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»Artículo 31. Definición del uso no sexista del lenguaje
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El uso no sexista del lenguaje consiste en la utilización de expresiones lingüísticamente correctas substitutivas de otras que invisibilizan el femenino o que lo sitúan en un plano secundario respecto al masculino.
La visibilización del femenino tendrá en cuenta, cuando proceda, la situación particular de las mujeres afectadas por discriminación múltiple o interseccional.
