Articulo 31 Impuesto sobre el Patrimonio de Bizkaia
Ver Indice
»Artículo 31.-Devengo del impuesto.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El impuesto se devengará el 31 de diciembre de cada año y afectará al patrimonio del cual sea titular el contribuyente en dicha fecha.
