Articulo 31 Juego y Apuestas de C León

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Artículo 31. Responsables de las infracciones.

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1. Son responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas que cometan las acciones u omisiones tipificadas como tales en esta Ley.

Además, a los titulares de las autorizaciones administrativas y a los suscriptores de comunicaciones o declaraciones responsables se les imputarán las infracciones que les correspondan, si se trata de sujetos distintos.

2. De las infracciones cometidas por los directivos, administradores o empleados en general son también directa y solidariamente responsables las personas físicas o jurídicas para quienes aquellos presten sus servicios.

3. En el caso de incumplimiento de los requisitos establecidos para la transmisión o cesión de autorizaciones, la infracción será imputable tanto a la persona que transmite o cede como a la adquirente.

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