Artículo 31 Ley 20/2006,...es Balears

Artículo 31. Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears

Ver Indice
»

Artículo 31. Convenios intermunicipales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Cuando no se considere necesario crear una persona jurídica nueva, los ayuntamientos afectados pueden for malizar convenios entre ellos para la prestación de servicios o de actividades de su respectivo interés.