Articulo 31 Líneas de promoción juvenil

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Artículo 31.- Antenas de información juvenil.

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Las antenas de información juvenil son servicios de información juve­nil de titularidad pública o privada que colaboran en la transmisión de la información juvenil en su ámbito geográfico de actuación, para lo cual desarrollan funciones informativas y de asesoramiento, recogiendo la información del centro de información juvenil al que se encuentren vin­culadas y poniéndola a disposición de los jóvenes, y de evaluación, reali­zando evaluaciones internas sobre el funcionamiento de la propia antena de información juvenil.