Articulo 31 Memoria y reconocimiento democráticos
- Norma derogada desde el 26 de marzo de 2026 - Ley 1/2026, de 24 de marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears
- Por interposición del Recurso de inconstitucionalidad n.º 4344-2026, contra la Ley 1/2026, de 24 de marzo,que derogaba la presente ley, se levanta la derogación de la misma y vuelve a estar vigente, ya que se invocó el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 4344-2026, contra la Ley 1/2026, de 24 de marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears.
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»Artículo 31. Plan Autonómico de Memoria y Reconocimiento Democráticos y planes anuales
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1. El Plan Autonómico de Memoria y Reconocimiento Democráticos integrará las acciones específicas dirigidas a la consecución de los objetivos de esta ley.
2. El Plan Autonómico de Memoria y Reconocimiento Democráticos tiene una vigencia máxima de cuatro años, tiene que ser evaluado cada dos años y, si procede, tiene que establecer medidas correctoras. También se determinarán los recursos financieros indicativos para su ejecución.
