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Articulo 31 Organizaciones de voluntariado de protección civil -Vigente-

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Artículo 31. Condecoraciones de reconocimiento a la antigüedad y constancia en el servicio.

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1. La Condecoración de reconocimiento a la antigüedad y constancia en el servicio del voluntariado de Protección Civil de Cantabria, se concede para agradecer el compromiso altruista y desinteresado de las personas voluntarias por su participación activa y constante durante más de diez años para colaborar en la protección a las personas, sus bienes y el medio ambiente.

2. Las condecoraciones serán otorgadas por el titular de la Consejería competente en materia de protección civil y emergencias, a propuesta de la persona titular de la Dirección General competente en la materia.