Articulo 31 Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo
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Artículo 31. Consejos comarcales de ciudadanía activa

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1. La Generalitat garantizará la creación de espacios y foros de participación en todo el territorio de la Comunitat Valenciana para fomentar la vertebración territorial y la descentralización de la participación.

2. Se creará un consejo comarcal de ciudadanía activa en cada comarca de la Comunitat, que actuará como extensión del Consejo de Participación Ciudadana en cada territorio, con dependencia funcional de este, al que darán cuenta de sus sesiones. A estos efectos, se entiende por comarca aquella pluralidad de municipios basada en características geográficas y humanas que comparten rasgos históricos, sociales, culturales y lingüísticos.

3. Cada consejo comarcal estará vinculado directamente al Consejo de Participación Ciudadana y estará formado por representantes del tejido asociativo de la comarca y la administración.

4. A las sesiones de los consejos comarcales podrá asistir la ciudadanía residente en la comarca que quiera participar activamente en la transmisión de las problemáticas que afecten su entorno y funcionarán como canal directo de propuestas y necesidades de la ciudadanía para el Consejo de Participación Ciudadana.

5. De los debates, propuestas e interpelaciones que se recojan en los consejos comarcales dará cuenta la presidencia en el pleno del Consejo de Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.

6. La Red de Gobernanza Participativa regulada en el artículo 37 facilitará los medios necesarios y espacios de reunión de estos consejos comarcales.

7. El régimen de funcionamiento de los consejos comarcales de ciudadanía activa se desarrollará reglamentariamente.