Articulo 31 Participación Democrática en Navarra
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»Artículo 31. Proposiciones de ley foral.
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La ciudadanía de Navarra podrá ejercer la iniciativa legislativa prevista en el artículo 19.2 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, mediante la presentación de proposiciones de ley foral, en los términos y condiciones establecidos en la Ley Foral 3/1985, de 25 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.
