Articulo 31 Patrimonio Cu... de Madrid

Articulo 31 Patrimonio Cultural de Madrid

Ver Indice
»

Artículo 31. Ámbito de aplicación

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las prescripciones del régimen común de protección serán de aplicación a los bienes que integran el patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid conforme lo establecido en el artículo 2 de esta Ley.

2. Junto con este régimen común de protección será de obligado cumplimiento el régimen legal de protección establecido para cada tipología de bienes, de conformidad con el nivel de protección que se otorgue a los mismos.