Articulo 31 Pesca marítim... I Balears

Articulo 31 Pesca marítima, marisqueo y acuicultura en I. Balears

Ver Indice
»

Artículo 31. Las cofradías de pescadores

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las cofradías de pescadores son corporaciones de derecho público, sin ánimo de lucro, representativas de intereses económicos, que actúan como órganos de consulta y colaboración de las administraciones públicas de las Illes Balears con el objetivo de promover e impulsar los intereses pesqueros.

2. Las cofradías de pescadores disfrutan de personalidad jurídica plena y capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines propios.