Articulo 31 Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València
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»Artículo 31. Prevención de la contaminación lumínica
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1. Los planes generales estructurales adoptarán medidas para reducir la contaminación lumínica en sus municipios y permitir una visión nocturna del cielo sin contaminación desde cualquier lugar de la Huerta de València.
2. Los elementos de nueva iluminación o las modificaciones serán de baja emisión lumínica y estarán diseñados con criterios de eficiencia energética, con limitación del cono de luz al ámbito estricto a iluminar. Se evitará la iluminación indiscriminada de los caminos reduciendo esta a la necesaria en las proximidades de los edificios existentes, a los accesos a las estaciones de transporte público y a las vías de transporte no motorizado.
