Articulo 31 Policías Locales de Cataluña

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Artículo 31.

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El acceso a las categorías de Inspector, de Intendente, de Intendente Mayor y de Superintendente se realiza por concurso-oposición libre. Puede reservarse hasta un 50 por 100 de las plazas de cada convocatoria para la promoción interna de los miembros del Cuerpo que tengan un mínimo de dos años de antigüedad en la categoría inmediatamente inferior respectiva, que posean la titulación adecuada y que hayan superado, o superen en el proceso de selección, el curso específico impartido por la Escuela de Policía de Cataluña.