Articulo 31 Presupuestos 2011 Canarias

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Artículo 31.- Gestión de los créditos para la financiación de los planes y programas sectoriales.

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Durante el presente ejercicio no se podrán anticipar las cantidades consignadas en los capítulos 4 y 7, para la financiación de los planes y programas sectoriales que se aprueben por el Gobierno de Canarias, y cuya ejecución se convenga con los respectivos cabildos insulares.