Artículo 31 Presupuestos ...de Navarra

Artículo 31 Presupuestos Generales para el año 2026 de Navarra

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Artículo 31. Ofertas de empleo público de personal docente no universitario.

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1. Las plazas de personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que queden vacantes por jubilación, fallecimiento, renuncia o cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de la plaza, así como las que queden desiertas en procedimientos selectivos de ingreso o acceso quedarán automáticamente asignadas en la plantilla orgánica al Cuerpo o puesto docente de procedencia, sin especificación del resto de las características de las plazas.

2. Las ofertas de empleo público de personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra se determinarán estableciendo el número total de plazas de cada Cuerpo o puesto docente que se incluyan en las mismas. Las características de las plazas incluidas en dichas ofertas de empleo, en todo caso especialidad e idioma, se establecerán en un decreto foral de modificación de la plantilla orgánica.

3. Lo dispuesto en los dos apartados anteriores no será de aplicación al Cuerpo de Inspectores de Educación.

4. Los miembros de los órganos de selección del personal a que se refiere la Ley Foral 11/2022, de 4 de mayo, por la que se establecen medidas en materia de selección y provisión de puestos de personal funcionario docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, serán nombrados conforme a lo dispuesto en la normativa estatal de ingreso en los Cuerpos docentes y estarán formados prioritariamente por personal funcionario docente nombrado para el puesto de trabajo docente objeto del proceso selectivo. En caso de que no haya suficiente personal disponible del correspondiente puesto de trabajo, se designará a personal funcionario de los cuerpos docentes o de puestos de trabajo afines.