Articulo 31 Procedimiento...chillerato

Articulo 31 Procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato

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Artículo 31. Presentación de las solicitudes

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1. Las solicitudes se presentarán de forma telemática mediante la aplicación informática establecida al efecto.

2. La documentación acreditativa de las circunstancias alegadas para la admisión se aportará en el plazo y forma que se establezca mediante la resolución de la dirección general competente en materia de centros docentes que se dicte para cada curso escolar.

Se deberán acreditar las circunstancias alegadas correspondientes a los centros en los que se solicita puesto escolar y la relativa a los centros a los que estén adscritos.

La consideración como centro único de los centros adscritos se tendrá en cuenta a los efectos de aplicación del criterio de existencia de hermanos o hermanas en el centro y de persona o personas progenitores o representantes legales que trabajan en el centro docente.

3. En el caso de que se presente más de una solicitud para el mismo alumno o alumna, no se tendrá en cuenta ninguna de ellas, y se procederá a su escolarización en alguno de los centros en los que, una vez finalizado el proceso de admisión, queden puestos vacantes.