Articulo 31 Protección de...de Euskadi

Articulo 31 Protección de los animales domésticos de Euskadi

Ver Indice
»

Artículo 31.- Finalidad de las asociaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Serán asociaciones de protección y defensa de los animales las asociaciones sin fines de lucro constituidas legalmente que tengan por finalidad principal la defensa y protección de los animales.