Articulo 31 Protección y desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra
Ver Indice
»Artículo 31.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Cuando la disminución de suelo forestal, cualquiera que sea su causa, se contemple dentro de un plan o proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, el procedimiento de autorización será el de la Ley Foral de Ordenación del Territorio.
