Articulo 31 Reforma del E...lla y Leon

Articulo 31 Reforma del Estatuto de Autonomia de Castilla y Leon

Ver Indice
»

Artículo 31. Cese.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Junta de Castilla y León cesa tras la celebración de elecciones a las Cortes de Castilla y León, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria y de cese de su Presidente previstos en este Estatuto.

2. La Junta de Castilla y León cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión de la nueva Junta.