Articulo 31 Régimen del C...Minorista

Articulo 31 Régimen del Comercio Minorista

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Artículo 31. Indicación del precio de servicios accesorios.

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1. La exhibición de precios podrá completarse con información adicional sobre condiciones de financiación o aplazamiento de pago, coste de servicios accesorios o similares.

2. Esta información deberá ser veraz, eficaz y suficiente.