Articulo 31 Régimen Especial de las Illes Balears -Derogada parcialmente-
- Con efectos de 24 de febrero de 2019, quedan derogadas todas las disposiciones de la presente norma que se opongan a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero.
Ver Indice
»Artículo 31. Coordinación entre las Administraciones públicas.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se creará una Comisión mixta integrada por representantes de la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que deberá elaborar un plan de medidas conjuntas con el fin de coordinar los esfuerzos dirigidos a conseguir la diversificación de la oferta turística y la desestacionalización del sector.
