Articulo 31 Régimen espec...mo capital

Articulo 31 Régimen especial del municipio de Zaragoza como capital

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Artículo 31. Comercio, ferias y mercados.

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1. El Ayuntamiento de Zaragoza participará en la elaboración de la planificación sobre los establecimientos comerciales ubicados en su término y fomentará la actividad ferial desarrollada en el mismo.

2. El municipio de Zaragoza ejercerá las competencias de planificación, ordenación y gestión en materia de abastos, mataderos, ferias, mercados y comercio ambulante que se desarrollen en su término municipal.

3. El Ayuntamiento de Zaragoza podrá elaborar, tramitar y aprobar el Plan Local de Comercio previo informe del departamento competente en materia de comercio del Gobierno de Aragón.