Articulo 31 Régimen Fiscal de las Cooperativas del THG
Ver Indice
»Artículo 31. Comprobación e inspección.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Administración Tributaria comprobará que concurren las circunstancias o requisitos necesarios para disfrutar de los beneficios tributarios establecidos en esta Norma Foral y practicará, en su caso, la regularización que resulte procedente de la situación tributaria de la cooperativa.
